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IRPF para autonomos: retenciones, modelo 130 y pagos fraccionados (2026)

Como tributan los autonomos en IRPF: cuando aplicar el 15% o el 7%, pagos fraccionados trimestrales y diferencia con la declaracion anual.

8 de abril de 2026 · Autónomos

Como tributa el autonomo en IRPF

Los autonomos que realizan actividades economicas tributan en el IRPF por el rendimiento neto de su actividad: lo que facturan menos los gastos deducibles. A diferencia del trabajador por cuenta ajena, no tienen empresa que retenga el impuesto mensualmente, por lo que deben anticiparlo ellos mismos durante el ano.

Hay dos mecanismos de anticipo:

Retenciones en factura: el 15% y el 7%

Las retenciones en factura se aplican cuando facturas a clientes que son empresas o profesionales (no a consumidores finales):

La retencion aparece en la factura como un importe negativo que reduce el total a cobrar. El autonomo cobra menos, pero Hacienda ya tiene ese anticipo del cliente.

Para calcular el importe exacto de una factura con retencion e IVA:

Calculadora de retencion en factura

El modelo 130: pagos fraccionados trimestrales

El modelo 130 es el pago fraccionado trimestral del IRPF. Lo presentan los autonomos en estimacion directa (simplificada u ordinaria) que no estan exentos.

Quien esta exento del modelo 130: los autonomos cuyos ingresos tienen retenciones aplicadas por sus clientes en al menos el 70% del volumen total de facturacion. En ese caso, no es obligatorio presentar el 130 (aunque puede ser a cero).

El calculo del modelo 130 es:

  1. Suma todos los ingresos del trimestre menos los gastos deducibles acumulados desde enero.
  2. Aplica el 20% sobre ese rendimiento neto acumulado.
  3. Resta los pagos del 130 ya realizados en trimestres anteriores del mismo ano.
  4. Resta las retenciones que te hayan practicado clientes durante el ano.
  5. El resultado es lo que ingresas ese trimestre.

Los plazos de presentacion son los mismos que para el IVA: del 1 al 20 de abril, julio y octubre; del 1 al 30 de enero para el 4T.

Gastos deducibles en el IRPF del autonomo

Los gastos que puedes descontar del rendimiento neto de actividad incluyen:

Atencion: el uso mixto de elementos como el telefono o el vehiculo requiere justificar la proporcion profesional. Sin prueba suficiente, Hacienda puede impugnar la deduccion en una inspeccion.

Diferencia entre el modelo 130 y la declaracion de la renta

Es una confusion habitual. El modelo 130 es un anticipo trimestral a cuenta del IRPF del ejercicio. La declaracion anual de la renta (que se presenta entre abril y junio del ano siguiente) recalcula el IRPF total del ano y descuenta lo ya pagado:

Por eso es importante que los pagos fraccionados sean proporcionales a los ingresos reales del ano, especialmente si tu facturacion varia mucho entre trimestres.

Ejemplo: autonomo con clientes empresa y particulares

Un disenador autonomo factura 3.000 EUR en el primer trimestre:

Gastos del trimestre: 500 EUR (material, asesoria, cuota RETA).

Calculo del modelo 130:

Preguntas frecuentes

Cuando se aplica el 7% de retencion en vez del 15%?

El 7% se aplica durante el ano de inicio de la actividad y los dos siguientes, si no has ejercido actividad profesional en los 4 anos anteriores. Es obligatorio comunicarselo al cliente para que aplique el tipo reducido.

Siempre hay que presentar el modelo 130?

No. Si mas del 70% de tus ingresos ya llevan retencion, estan exentos de presentar el 130. En ese caso, el anticipo ya lo realizan tus clientes en tu nombre.

Que diferencia hay entre el modelo 130 y la declaracion de la renta?

El modelo 130 son pagos trimestrales a cuenta del IRPF anual. La renta (que se presenta al ano siguiente) hace el calculo definitivo y descuenta los pagos ya realizados. Es posible que salga a devolver si pagaste de mas.

Que gastos son deducibles en el IRPF del autonomo?

Los principales son: cuota RETA, alquiler y suministros del local profesional, material de trabajo, seguro de salud (hasta 500 EUR/persona), amortizacion de equipos y gastos de formacion vinculada a la actividad.

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Ultima actualizacion: abril 2026 — Contenido elaborado con la normativa del IRPF vigente (Ley 35/2006) y los tipos y limites aplicables en 2026. No sustituye asesoramiento fiscal individualizado.